EL TSJ ESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO POR “LA VEGA BAJA NO SE VENDE” Y ANULA EL PROYECTO DE LA AUTOVÍA CV-95.
LA PLATAFORMA VECINAL Y ECOLOGISTA PIDE A LA CONSELLERÍA QUE SE ABRA UN PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA COMARCA PARA DEFINIR SU PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE MOVILIDAD SIN HIPOTECAS DE NINGÚN TIPO.
La coordinadora LA VEGA BAJA NO SE VENDE, a través de la Asociación de Vecinos “San Miguel Arcángel” de San Miguel de Salinas, interpuso en 2007 ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) un recurso contencioso-administrativo contra la aprobación por parte de la Consellería de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat Valenciana del proyecto básico de la autovía CV-95 Orihuela-Costa. En 2008 formalizamos la demanda contra una autovía de nuevo trazado que de ejecutarse produciría en el territorio afectado (términos de Orihuela, Bigastro, Jacarilla, San Miguel de Salinas y Torrevieja) un grave impacto territorial, ambiental y paisajístico negativo (afecciones a la huerta tradicional del Segura y a la huerta de San Miguel, aumento del riesgo de inundación, efecto barrera al paso de la fauna terrestre), importantes expropiaciones y el fomento de los procesos de urbanización salvaje.
En nuestra demanda destacamos que la aprobación definitiva del proyecto se produjo en julio de 2006, ocho meses antes de contar con la preceptiva declaración de impacto ambiental (DIA), dictada en marzo de 2007. Además, la resolución de aprobación pretendía que fuera el proyecto de construcción el que asumiera las determinaciones de la DIA. Es decir, primero se aprueba el proyecto básico, luego la declaración de impacto ambiental, y luego la adjudicataria de las obras introduce en el proyecto de construcción las modificaciones que pudiera imponer la DIA. Todo un fraude al procedimiento administrativo, en el que hasta que la DIA no se aprueba no puede aprobarse definitivamente el proyecto que se somete a evaluación de impacto ambiental, un proyecto que precisamente se adapta a las determinaciones de la DIA en la aprobación definitiva del proyecto básico, nunca en la redacción del posterior proyecto de construcción.
El TSJ estima nuestro recurso precisamente por esa irregularidad en el procedimiento, poniendo además en cuestión el proceso de evaluación de impacto ambiental llevado a cabo por la Consellería de Medio Ambiente al haberse analizado únicamente el impacto ambiental de una de las tres alternativas de trazado (la elegida por la Consellería, precisamente la que mayor impacto causa al territorio), cuando debería haberse evaluado el impacto ambiental de todas ellas para poder dictarse con propiedad la declaración de impacto ambiental. Por todo ello el TSJ declara en su sentencia la nulidad absoluta del proyecto aprobado, emplazando a la Generalitat a que, si sigue considerando de interés público aprobar este proyecto, se reinicie el expediente y se proceda a la tramitación completa del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Desde LA VEGA BAJA NO SE VENDE valoramos muy positivamente esta sentencia y pedimos a la Consellería de Infraestructuras que aproveche este momento para abrir, sin ningún tipo de hipotecas, un proceso de participación ciudadana en la comarca que defina su planificación en materia de movilidad, de modo que la actual vorágine de proyectos viarios (CV-95, CV-91, AP-37) se reconduzca hacia propuestas mas racionales, sostenibles y consensuadas socialmente. Desde LA VEGA BAJA NO SE VENDE, que ha alegado a todos y cada uno de esos proyectos viarios, reiteramos las propuestas que ya expusimos en las alegaciones que en 2005 y 2006 presentamos a los proyectos de las autovías de nuevo trazado CV-95 y CV-91: desdoblamiento de las carreteras actuales donde sea posible y variantes donde no exista esa posibilidad, liberación de peaje de la autopista AP-7 Alicante – Cartagena.
No hay comentarios:
Publicar un comentario